Martes, 29 de Diciembre de 2009 21:27 Última actualización el Jueves, 31 de Diciembre de 2009 14:38
Investigando sobre el tipo de IVA que se debe aplicar a los amarres, hemos descubierto que muchos navegantes están pagando un 16% cuando el IVA correcto que debe ser aplicado es del 7%. No en todos los puertos ocurre pero si en muchos. Para ello hemos realizado una consulta vinculante a la SG de Impuestos sobre el Consumo que ha confirmado la información recibida de nuestros asesores legales.
Así que si estás pensando en renovar el alquiler de tu amarre, consulta primero qué IVA te están aplicando y si es necesario utiliza alguno de estos documentos de apoyo a la reclamación, que hemos preparado para tí en la nueva sección de la web "Documentación de apoyo al socio" , ubicada dentro de la pestaña Ventajas para Socios.
Si te están aplicando un IVA del 16% o si te cobran el 7% pero tu amarre está a nombre de una asociación sin ánimo de lucro, aún estás a tiempo, descarga la consulta vinculante realizada y el documento para solicitar a tu puerto o club que te apliquen el IVA correcto o que ni siquiera te lo cobren.
¡Este año puedes ahorrar mucho dinero en tu amarre!
Si tienes dudas consulta el modo de acceso en el foro.




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